Minedu implementa plataforma virtual para matrículas y traslados a colegios públicos durante el 2020
- deisysallo
- 9 may 2020
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El Ministerio de Educación (Minedu) ha dispuesto la implementación de una plataforma virtual “Matricula2020” para facilitar el trámite de traslado de estudiantes a colegios públicos entre el 8 y el 22 de mayo debido a la crisis sanitaria por el covid-19.
La resolución ministerial N° 178-2020-MINEDU, fue publicada en una edición extraordinaria de las normas legales del diario El Peruano.
En el documento se indica que los representantes legales de los menores deben ingresar a la dirección web www.matricula2020.pe y aceptar los términos y condiciones de la misma. Posteriormente deberán ingresar los siguientes datos: tipo y número de documento de identidad nacional o extranjero, ubigeo de nacimiento, apellido paterno, apellido materno, nombres, teléfono móvil, teléfono fijo, dirección del domicilio y dirección de correo electrónico.
Este último dato es relevante debido a que la plataforma responderá al trámite enviando un correo electrónico a la dirección entregada con un enlace de confirmación para verificar su suscripción y si dentro del plazo de 48 horas desde del envió del correo electrónico no se ingresa al enlace de confirmación, el mismo se deshabilitará.
El ingreso a dicho enlace una vez que sea remitido activará el usuario y se podrá acceder a la plataforma 'Matrícula2020' para proceder con el registro de la solicitud, dentro de los horarios que para esto se recomienden.
La resolución precisa que las personas que no puedan acceder a la plataforma por falta de conectividad deberán comunicarse con la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de su jurisdicción, o con la Dirección Regional de Educación (DREL) o la que haga sus veces, cuando corresponda, a fin de que puedan ser asistidas con el registro de solicitudes.
Datos claves dentro de la plataforma
Una vez que el enlace a la plataforma se ha habilitado, se deberá llenar con carácter de declaración jurada una ficha única de Matrícula modificada para el año 2020 y al concluir este paso se generará una constancia de registro de solicitud, la cual se envía automáticamente al correo electrónico declarado y que también puede descargarse.
Asimismo, se pueden registrar dos tipos de solicitudes: por primer ingreso y por traslado. La primera para los menores que previamente no han realizado estudios en el sistema educativo peruano; la segunda para aquellos que previamente hayan realizado estudios en una institución educativa del sistema educativo peruano, pero van a cambiar de institución educativa.
La resolución del Ministerio de Educación indica también que en caso el menor que requiere estudiar en una institución educativa pública durante el 2020 tuviese un hermano matriculado en una institución educativa pública, el representante legal del menor deberá ingresar los datos del hermano y “se priorizará la solicitud; sin embargo, no se garantiza la asignación de una vacante en la misma institución educativa pública”.
¿Quiénes pueden hacer el traslado?
Los representantes legales autorizados para hacer el traslado son el padre o la madre del menor, el abuelo o la abuela, el hermano o la hermana con 18 años cumplidos o más, el tío o la tía y otros parientes.

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